Planta salidas

La justicia declara abusivas y nulas 8 cláusulas de Ryanair y Vueling en sus contratos con los pasajeros

Planta salidasEl Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid ha dictado sentencia en el juicio iniciado por la organización de consumidores y usuarios, OCU, contra RYANAIR  y ha determinado que 8 cláusulas incluidas en los contratos de la compañía son abusivas y violan la legislación de protección a los consumidores,declarándolas nulas y eliminándolas de sus contratos. Por otro lado, la Audiencia Provincial de Barcelona ha resuelto la apelación contra VUELING, declarando abusivas 5 cláusulas más: en total, en el proceso se han declarado abusivas, y como tales, nulas, 8 cláusulas que figuran en el contrato aéreo de Vueling y que no podrán ser aplicadas en el futuro.

Las cosas a las que Ryanair no podrá obligarle

Tras la declaración de nulidad, los viajeros están más protegidos ya que la justicia ha determinado las siguientes medidas:

  • Ryanair no podrá exigirles que presenten sus demandas judiciales en Irlanda,  pues se declara nulo el sometimiento a la ley y tribunales irlandeses.
  • No podrá volver a negar el paso a menores por no llevar la documentación que sólo ella demanda, pues se declara nula la exigencia de documentación conforme a sus reglamentos internos.
  • No habrá que pagar 60 euros por no tener impresa la tarjeta de embarque. Se declara nulo ese cobro, a veces mayor que el precio del billete, pues es una penalización desproporcionada. En este sentido, la propia aerolínea ya ha anunciado que dejará de cobrar una penalización tan elevada.
  • No estará el pasajero obligado a pagar con tarjeta, y podrá pagar en metálico.
  • No podrán rechazar el transporte del pasajero o su equipaje.
  • No podrán impedir llevar en la maleta facturada dinero, llaves, cámaras, ordenadores, tabaco…
  • Adiós a los importes indeterminados por almacenamiento. Se declara nula la norma que permitía a la compañía cobrar un importe indeterminado si no se recoge el equipaje al llegar al destino.
  • No podrán cambiar unilateramente las condiciones del contrato.

Si viaja con Vueling, no podrán obligarle a…

También se declararon abusivas varias cláusulas con la compañía catalana y como tales, son nulas. Tres de ellas ya lo fueron en primera instancia, y 5 más se han declarado nulas por la Audiencia de Barcelona. Un paso más en defensa de los derechos de los viajeros.

  • Vueling no podrá prohibir al pasajero resolver el contrato ante un incremento de las tasas.
  • Ante una intervención quirúrgica o defunción de familiares del pasajero, además de dar la posibilidad de cambio de fechas para volar, tienen que dejar resolver el contrato.
  • No podrán lavarse las manos en caso de cancelación o retraso, pues ya se había declarado nula la cláusula de exoneración de la responsabilidad de Vueling en caso de posibles perjuicios que el pasajero pudiera sufrir si el vuelo se cancela o no llega a la hora.

Además, tras la sentencia de la Audiencia…

  • Vueling tendrá que responder ante el pasajero en caso de cancelación del vuelo, aunque dicha cancelación se deba a problemas técnicos, huelgas u otros problemas de orden laboral .
  • No podrán impedir que en el vuelo viajen más de 6 niños de entre 5 y 8 años.
  • Vueling no podrá sin más rechazar el equipaje del pasajeropor no ser adecuado para ser transportado.
  • El personal de la aerolínea no podrá inspeccionar manualmente el equipaje del pasajero sin la presencia de un agente de la autoridad.
  • Deberán responder de los daños en el equipaje (abolladuras, rasguños, asas y ruedas rotas).
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