El gestor aeroportuario español, AENA AEROPUERTOS, recuerda que la normativa vigente permite a los pasajeros embarcar en las aeronaves llevando los productos adquiridos en las tiendas del aeropuerto y debidamente embalados. El transporte en cabina de los bultos y equipaje de mano y en particular los adquiridos en las tiendas del aeropuerto, es obligatorio para todas las compañías aéreas sin excepción y debe realizarse de forma gratuita.
Se recomienda a los pasajeros que vean limitado su derecho a embarcar llevando consigo los productos adquiridos en las tiendas del aeropuerto y debidamente embalados, formulen las correspondientes denuncias en las que reafirmen la indebida denegación del embarque de bultos.
Bergamo por lo menos, en magafonía indican claramente: Un bulto y compras 🙂