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Nueva normativa sanitaria para volar a las Islas Canarias

Si está planificando un vuelo o ya tiene comprados sus billetes de avión debe saber que desde el próximo uno de diciembre entra en vigor una nueva normativa sanitaria para volar a cualquiera de las Islas Canarias. Así lo ha anunciado, ayer, el Gobierno de Canarias como medida para contener la propagación del virus Covid19 en valores similares a los que registró hasta septiembre de este año.

Aquellas personas que lleguen a Canarias desde otra comunidad autónoma española deberán presentar el certificado de vacunación COVID-19, una prueba de antígenos negativa o el certificado de haber pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento. El Gobierno de Canarias afirma que esta medida, que se  mantuvo vigente entre el 18 de diciembre y el 30 de septiembre, constituye una herramienta necesaria para continuar con el control y contención de casos importados de coronavirus en viajeros procedentes de otros puntos del territorio nacional y mientras se acelera el ritmo de vacunación contra la COVID-19.

Las condiciones recogidas en la norma se asimilan a las vigentes para el cribado internacional de modo que contempla la exclusión de la realización de cribados de antígenos a los pasajeros menores de 12 años que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el Covid19. Para el resto de población de 12 años ya cumplidos o más volverá a estar vigente la normativa que obliga a presentar certificado de vacunación contra la COVID-19 o bien a someterse a la realización de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a Canarias.

Supuestos de exclusión de la nueva normativa:

No se exigirá la presentación de la prueba de antígenos negativa en el momento de la entrada a Canarias en los siguientes casos, además de a los menores de 12 años:

  • Todas aquellas personas que acrediten estar vacunadas contra la COVID-19 con la pauta completa de vacunación.
  • Personas que hayan pasado la enfermedad con menos de 6 meses de antelación a la fecha del desplazamiento.
  • Personas en tránsito a través del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, es decir, aquellas que hagan escala en Canarias cuyo destino final sea otro país u otro lugar del territorio nacional.
  • Personas que acrediten haber estado fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias por un plazo inferior a 72 horas previas a la llegada, con independencia de su lugar de residencia.

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